Preguntas Frecuentes Sobre Responsabilidad Locativa
¿Qué sucede si un carro me impacta al cruzar la calle, el chofer abandona la escena (se da a la fuga) o no está asegurado?
Como automovilista sin seguro de cobertura usted puede presentar un reclamo con su compañía aseguradora, aun cuando usted haya sido solo un peatón y no haya estado manejando su vehículo en el momento del accidente.
Inclusive aunque usted no posea un vehículo, si otro miembro de su núcleo familiar tiene una póliza de seguro para auto, ésta podría cubrirle su reclamo.
Aún cuando nadie posea un vehículo en su casa, usted podría recuperar beneficios del Programa de Indemnización de Accidentes de Vehículos de Motor (MVAIC).
Sepa que hay reglas muy estrictas y fechas límite (deadlines) con períodos muy cortos para reportar el accidente y presentar su reclamo.
De hecho, también podría necesitar presentar una demanda legal de lesión en contra del conductor negligente. Hable con un abogado tan pronto como le sea posible para asegurarse de que todos sus derechos estén protegidos y que se estén utilizando todas las vías posibles para asegurarse de que usted reciba completa compensación por sus lesiones.
¿Qué sucedería si resbalo y me caigo en el trabajo?
Cualquier accidente que suceda en el lugar de trabajo debe ser inmediatamente informado para así proteger sus derechos para recibir beneficios por compensación laboral.
No obstante, también puede haber responsabilidad de un tercero.
Por ejemplo, si está trabajando fuera del área y el accidente ocurre en predios inseguros de otro, o si el suelo fue dejado resbaloso por un equipo de una compañía contratada. En este caso usted podría tener un reclamo de negligencia en contra de un tercero responsable en adición al reclamo de la compensación laboral.
En nuestras oficinas manejamos tanto reclamos de negligencia en lesiones o daños personales como casos de compensación laboral y le podemos ayudar para asegurarnos de que usted obtenga todos los beneficios a los que usted tenga derecho.
¿A quién le pertenece la acera (banqueta)?
En Nueva York, la respuesta a esta pregunta no siempre es clara.
Por ejemplo, el dueño de los predios es responsable de mantener la acera adjunta a su propiedad mientras que la ciudad se encarga de mantener la cuneta o el borde la misma.
¿Qué sucede cuando una persona tropieza y cae mientras entra o sale de la calle debido a que la acera o la cuneta están en desnivel? ¿Cuál estaba defectuosa, la cuneta o la acera?
¿Necesitaban ambas ser reparadas?
Estas preguntas pueden ser difíciles de contestar aún así son esenciales para tratar el tema de responsabilidad civil. Por ejemplo, en un caso reciente se sostuvo que las rampas para peatones son la responsabilidad de La Ciudad, aunque la mayoría de la gente pueda pensar que estas rampas formen parte más de la acera que de la cuneta.
La Sección 7-210 del Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York, impone responsabilidad contractual a los dueños de predios que fallen en mantener las aceras pertenecientes a la Ciudad en una condición razonablemente segura. Las aceras de dueños de residencias privadas que se vean afectadas por árboles del lado de la acera pueden ser elegibles para reparaciones o estos podrían tener que repararlas ellos mismos. Dueños o propietarios de residencias privadas pueden ser citados por el Departamento de Transportación con relación a algún daño a la acera, y de los arreglos no ser hechos dentro de un período de 45 días luego de haber recibido la citación, los contratistas del DOT pueden arreglar la acera y facturarle al dueño de la residencia.
Si usted resulta lesionado en un accidente en la acera, asegúrese de contactar a un abogado con experiencia en lesiones o daños personales que le pueda ayudar a determinar la parte particularmente responsable y a presentar el reclamo apropiado para poder proteger sus derechos por compensación.